sábado, 13 de enero de 2007

Anexo 1. Niveles máximos.

ANEXO 1
Tabla 1.- NIVELES SONOROS MÁXIMOS









Dada la dificultad de medir la intensidad sonora de una fuente cuando esta está próxima al ruido de fondo, en el caso que el ruido esté próximo a los valores de la tabla 1, para medir la intensidad sonora de una fuente se aplicará la siguiente regla:

  • 1º).- Cuando el ruido de fondo ambiental este comprendido entre el máximo indicado en la tabla 1 anterior y 5 decibelios más que este, la fuente no podrá incrementar el ruido de fondo ambiental en más de 3 decibelios.
  • 2º).- Cuando el sonido de fondo ambiental este comprendido entre 5 decibelios y 10 decibelios más que el máximo indicado, la fuente no podrá incrementar el sonido de fondo ambiental en más de 2 decibelios.
  • 3º).- Cuando el ruido de fondo ambiental esté comprendido entre 10 decibelios y 15 decibelios más del máximo indicado , la fuente no podrá incrementar el ruido de fondo ambiental en más de 1 decibelio.
  • 4º).- Cuando el ruido de fondo ambiental se encuentre por encima de los 15 decibelios más que el máximo indicado, la fuente no podrá incrementar el ruido en más de 0 decibelios.

Cuando el sonido tenga un tono puro el ruido de fondo se medirá en la banda de octavas que comprenda la frecuencia de dicho tono.

Tabla 2.- NIVELES DE VIBRACIONES MÁXIMAS.-

ZONA RECEPCION Aceleración máx (LA) Vertical
Día Noche
Todas excepto industrial 65 60
Zona industrial 70 65

No hay comentarios: